Foto: Pixabay
La Corte Constitucional de Ecuador logró una sentencia histórica esta semana, luego de fallar a favor de una mujer de 42 años con esclerosis lateral amiotrófica (ELA) que solicitó la eutanasia en agosto de 2023. A partir de este momento, esta práctica está despenalizada en el país, aunque aún no se le reconozca como un derecho, ni, todavía, el de una “muerte digna”.
El 8 de agosto del año pasado, Paula Roldán solicitó al Ministerio de Salud y a la Corte Constitucional el acceso a la eutanasia por medio de la declaración de inconstitucionalidad del Artículo 144 del Código Penal ecuatoriano que regula y penaliza el homicidio. Si bien la Corte rechazó esta petición, algunos meses después su solicitud dio frutos.
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En una medida judicial nunca antes vista, la Corte determinó declarar inconstitucional esta sanción siempre y cuando se den las siguientes condiciones: “un médico ejecute
la conducta tipificada en el artículo 144 del COIP cuando (ii) una persona, expresando
su consentimiento inequívoco, libre e informado (o a través de su representante cuando no pueda expresarlo), solicite acceder a un procedimiento de eutanasia activa (iii) por
el padecimiento de intenso sufrimiento proveniente de una lesión corporal grave e
irreversible o una enfermedad grave e incurable”.
Además, declaró que la sentencia tiene efectos inmediatos para su ejecución y procedimiento, mientras ordenó al Defensor del Pueblo preparar y proponer, dentro de un plazo de seis meses, un proyecto de ley “que regule los procedimientos eutanásicos, conforme a lo establecido en este fallo” ante la Asamblea Nacional. A partir de ese momento, la Asamblea tendrá doce meses para finalizar hacerlo ley.
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Asimismo, el Ministerio de Salud Pública dispondrá de un periodo de dos meses para expedir un reglamento “que regule el procedimiento para la aplicación de la eutanasia activa voluntaria y avoluntaria a la luz de criterios técnicos y en observancia de lo expuesto en este fallo, normativa que tendrá vigencia hasta la aprobación de la ley respectiva”. Esta cartera ya está adelantando estas acciones.
Así, Ecuador se convierte en el noveno país del mundo en despenalizar la eutanasia y el segundo en Latinoamérica, después de Colombia. Sin embargo, la muerte digna y la muerte asistida aún no son considerados derechos constitucionales.