Alzas en transporte, tiquetes y arriendos

Los colombianos deberán preparar bien sus bolsillos en este comienzo de año, no solo tendrán incrementos en el precio del galón de gasolina corriente, también se verán impactados los precios del transporte, tiquetes aéreos y arriendos.


Según el último reporte del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane), la inflación en Colombia en su variación anual llegó hasta el 13,12%, lo que permite conforme a la ley que diferentes productos y servicios, suban de precio en el país.


Desde el 1 de enero, aumentó el precio del galón de la gasolina corriente en $400 y en $57 para el galón de diésel en todo el país, ajustes con el fin de reducir el déficit que presenta el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (Fepc). El precio promedio de la gasolina corriente en las 13 ciudades principales del país, ahora supera los $10.000 por galón.


Se suman los incrementos en peajes, comparendos, patios y el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito.


El beneficio tributario otorgado por el Gobierno Duque en el que se reducía el IVA de los tiquetes aéreos de 19% a 5%, se venció, por lo que el ministro de Transporte, Guillermo Reyes, anunció que los precios de los tiquetes podrían incrementar entre 30% y 40% en 2023 con el regreso de la tarifa normal.


Sin embargo, el ministro Reyes señaló que adelanta conversaciones con los operadores aéreos para mitigar el alza y que el aumento no sea mayor a 14%.


El arriendo tendrá un mayor impacto tras conocerse el dato de la inflación de 2022, el cual debe subir acorde a ella, según el artículo 20 de la Ley 280 de 2003, por lo que el límite del incremento de los arriendos será de 13,12%.


Cabe recordar que los arriendos comerciales operan de forma diferente y no presentan el alza acorde a la inflación, pues no existe una regulación que fije cuál debe ser el ajuste por año.

“En usos como locales, bodegas, consultorios, oficinas y los diferentes a vivienda, tanto el valor como el monto incremento deberán acordarse entre las partes o de acuerdo a lo que quedó consignado en el contrato de arrendamiento”, según La Federación de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas).


Los contratos de arrendamientos comerciales están sujetos a las reglas generales del código civil.

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