
La determinación de la Corte Constitucional confirma la restricción que existe para que en parques infantiles, espacios deportivos y centros educativos se restrinja el consumo de dosis mínimas de sustancias psicoactivas.
La novedad es que, la Corte señala que alcaldes en unión con el gobierno nacional, en un periodo de tres meses, emitan un protocolo para que se regule esta situación donde se proteja el derecho de los menores de edad y al tiempo el derecho de los consumidores.
La determinación es el resultado de una demanda que presentó el abogado Alejandro Matta, ex secretario de juventud de Medellín, quien buscó el “respeto por los derechos fundamentales de los consumidores y cesar la arbitrariedad en la actividad de policía contra consumidores”, señaló el abogado.
Ahora el trabajo es para los mandatarios para que reglamenten las zonas de consumo. El documento debe dejar claro las sanciones que acarrearía la vulneración de los principios ordenados por el alto tribunal.
?Frente a la solicitud hecha por la Corte Constitucional para el Gobierno Nacional y a los Concejos Distritales de implementar mayor regulación para la prohibición del consumo de sustancias psicoactivas en los parques y zonas del espacio público. pic.twitter.com/pEkMiXoUM8
— Claudia Ramírez Echeverri (@clauramirezeche) May 5, 2023
Si quieres ver más contenido de POLÍTICA, haz CLIC AQUÍ:
También le podría interesar: