Unión Europea prohíbe que “Pablo Escobar” sea nombre de marca comercial

La decisión fue tomada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea después de que una sociedad comercial solicitara a la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO, por sus siglas en inglés) registrar el signo denominativo Pablo Escobar como marca de la Unión para una amplia gama de productos y servicios.

Esta solicitud la realizó la sociedad Escobar Inc., compañía establecida en Puerto Rico, el 30 de septiembre de 2021. Después de que la Oficina de Propiedad Intelectual denegó esta solicitud, la sociedad Escobar Inc. decidió impugnarla ante el Tribunal General.

El Tribunal ratificó la denegación de esta solicitud esta semana.


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Los motivos de la EUIPO para denegar el registro de “Pablo Escobar” como marca estarían justificados en una prohibición de la Unión Europea de registrar marcas contrarias a la política pública y la moralidad.

Aunque la empresa argumentó que la marca había adquirido una connotación de “rebeldía filantropía”, la entidad europea aseguró que el nombre de Escobar estaría fuertemente asociado “con el tráfico de drogas y con el narcoterrorismo, así como con los crímenes y el sufrimiento derivados de ellos, más que con sus posibles buenas obras a favor de los pobres en Colombia”.

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